Pasar al contenido principal

Recomendación del Consello Galego de Relacións Laborais para el registro de jornada

Entre las funciones reconocidas al Observatorio Gallego de la Negociación Colectiva en la Ley

5/2008, del 23 de mayo, por la que se regula el Consello Galego de Relacións Laborais y,

más concretamente, en el artículo 16 de la Resolución del 23 de octubre de 2008 por la que

publica su reglamento interno de organización y funcionamiento, figuran las de estudiar e impulsar la negociación

colectiva, dentro del  respeto al principio de autonomía colectiva, así como la de

formular y promover propuestas de buenas prácticas en la negociación colectiva y difundir y promover las buenas prácticas ya existentes.

En ejercicio de estas funciónes, en su reunión del 16 de noviembre de 2020 el Observatorio aprueba esta recomendación para el registro de jornada.